El Reglamento (UE) 2023/1804 sobre la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos (AFIR, por sus siglas en inglés: Alternative Fuels Infrastructure Regulation) entró en vigor el 13 de septiembre de 2023 y se aplica desde el 13 de abril de 2024.
Su objetivo es claro: reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y cumplir los compromisos climáticos de la Unión Europea para 2050. Para lograrlo, el crecimiento de los vehículos eléctricos y la infraestructura de recarga son factores esenciales.
El reglamento AFIR establece objetivos nacionales obligatorios para el despliegue de infraestructuras de recarga eléctrica y repostaje de hidrógeno y gas en todos los modos de transporte: carretera, ferroviario, marítimo y aéreo.
Un año después de su aprobación, los Estados miembros han comenzado a adaptar sus planes nacionales, impulsando la implementación y la modernización de las estaciones de recarga. Además, se están actualizando los cargadores instalados antes de la normativa para cumplir los nuevos requisitos. La normativa AFIR busca no solo acelerar la adopción de vehículos de cero emisiones, sino también garantizar que la infraestructura de recarga no sea un obstáculo para la transición energética en Europa.
AFIR establece una serie de especificaciones técnicas que deben cumplir los puntos de recarga para asegurar su fiabilidad, accesibilidad e interoperabilidad en toda la Unión Europea.
Todos los puntos de recarga públicos deben permitir que los usuarios realicen la recarga sin necesidad de firmar contratos con los operadores. Los pagos deben poder realizarse mediante instrumentos de uso generalizado en la UE, como TPV físicos o sistemas digitales (códigos QR dinámicos).
Antes de iniciar una sesión de recarga, los usuarios deben conocer de manera clara y precisa el coste de la carga. La transparencia de precios es fundamental para fomentar la confianza y la facilidad de uso.
La infraestructura de recarga debe garantizar la movilidad de todas las personas, incluidas aquellas con movilidad reducida, personas mayores o con discapacidad.
ESCRITO POR CIRCUTOR