Se activa el Plan Moves II: Ayudas para la instalación de puntos de carga de vehículos eléctricos

Circutor | 26 de junio de 2020

PLAN MOVES II : Plan de ayudas dotado con 100 millones de euros

Tras el éxito que tuvo la primera edición del programa de incentivos MOVES en 2019, en el que se otorgaron ayudas para fomentar la movilidad sostenible y descarbonizada, por un valor de 37,2 millones de euros y, aunque estos meses hemos vivido con incertidumbre la continuidad del programa debido a la crisis sanitaria, el gobierno ha reaccionado y ha apostado una vez más por la movilidad eléctrica en su 'Plan de Impulso a la cadena de valor de la Industria de la Automoción, hacia una movilidad Sostenible y Conectada'.

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha aprobado el Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, por el que se regulan las bases del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, dotado con 100 millones.

El Plan MOVES II, además de incentivar la adquisición de vehículos de energías alternativas, también subvenciona la implantación de Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y de medidas de movilidad sostenible en los centros de trabajo.

El organismo competente para realizar la coordinación y el seguimiento de este programa es el IDAE, pero será gestionado por las comunidades y ciudades autónomas, que deberán realizar convocatorias en sus respectivos territorios.

El presupuesto disponible se distribuirá entre las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla usando como criterio de distribución el Padrón de habitantes publicado por el INE a 1 de enero de 2019, resultando las siguientes cuantías:

 

   Comunidad Autónoma    Presupuesto asignado (Euros)
   Comunidad Autónoma     Presupuesto asignado (Euros)
Andalucía. 17.954.692 Extremadura. 2.269.899
Aragón. 2.813.525 Galicia. 5.753.324
Asturias, Principado de. 2.177.821 Madrid, Comunidad de. 14.150.116
Balears, Illes. 2.531.518 Murcia, Región de. 3.169.485
Canarias. 4.701.831 Navarra, Comunidad Foral de. 1.384.718
Cantabria. 1.239.194 País Vasco. 4.640.001
Castilla y León. 5.129.706 Rioja, La. 668.067
Castilla-La Mancha. 4.335.331 Ceuta. 180.729
Cataluña. 16.120.376 Melilla. 180.431
  Comunidad Valenciana.   10.599.235      Total.   100.000.000

Las reglas de cara a la concesión de ayudas para la implantación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos son las siguientes:

  • Serán actuaciones subvencionables los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos en la modalidad de adquisición directa. Además, en el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable la preinstalación eléctrica para recarga de vehículo eléctrico.
  • La infraestructura de recarga de vehículos eléctricos podrá ser tanto pública como privada.
  • Se consideran como costes subvencionables el proyecto, la obra civil, costes de ingeniería y dirección de obra del cableado y su instalación desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el punto de conexión donde se conecta el vehículo para su recarga, este último también subvencionable. También se considerará subvencionable el sistema de pago integrado en la estación de recarga, la señalización de las estaciones de recarga y el sistema de gestión, control y seguridad.
  • No se considera subvencionable la instalación de contadores inteligentes, que habrán de ser facilitados por las compañías eléctricas a los consumidores (usuarios finales o gestores de recarga), generalmente bajo régimen de alquiler.
  • En el caso de aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios existentes de régimen de propiedad horizontal, será actuación subvencionable la preinstalación eléctrica para la recarga de vehículo eléctrico que incluya una conducción principal por zonas comunitarias (mediante tubos, canales, bandejas, etc.), de modo que se posibilite la realización de derivaciones hasta las estaciones de recarga ubicadas en las plazas de aparcamiento, tal y como se describe en el apartado 3.2 de la (ITC) BT-52 del Reglamento electrotécnico para baja tensión
  • Se establece para esta actuación un límite de ayudas de 100.000 euros por destinatario último y convocatoria.
  • Para infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, la ayuda será el 30% del coste subvencionable para las personas jurídicas y otras entidades y del 40% para el resto.

Por último, los sistemas de recarga deberán cumplir los siguientes requisitos:

(Excepto para el caso de los pantógrafos utilizados para la recarga de autobuses urbanos, que deberá cumplir con la normativa que le sea aplicable.)

  1. Para las instalaciones conectadas en baja tensión, instalación de acuerdo con el Reglamento electrotécnico de baja tensión, concretamente ITC-BT-52. Grado de protección IP e IK adecuado en función de la ubicación según REBT.
  2. Alimentación: monofásica o trifásica 230-400 VAC.
  3. Protecciones eléctricas de acuerdo con la normativa de seguridad.
  4. Declaración CE.
  5. Para el caso de recarga pública, deberá disponer, al menos, de conector tipo 2 según IEC 62.196-2, compatibilidad con modo 3 de acuerdo con la IEC 61.851-1, con medida de energía integrada y además deberá disponer de los siguientes requisitos de conectividad:
    1. Interfaz de conexión Ethernet y memoria para almacenaje local de datos de al menos dos meses de operación.
    2. Compatible con el protocolo OCPP v1.6 o versión superior, mediante el uso de servicios web (SOA); y actualizable a versiones superiores.
    3. Identificación local del usuario mediante tarjeta de contacto RFID según ISO 14443A o sistema de identificación equivalente.
    4. Medida de la potencia y de la energía transferida.
    5. Módulo de comunicación móvil 3G/GPRS o superior o cualquier canal de comunicación equivalente.

Esta segunda edición del Programa, denominada MOVES II, da un soplo de aire fresco al sector y definitivamente llega para contribuir a alcanzar los objetivos de descarbonización de acuerdo con lo establecido en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, PNIEC 2021-2030, apoyando además la recuperación económica tras la crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19.

CIRCUTOR como empresa líder en el sector de la movilidad eléctrica dispone de soluciones de recarga tanto para escenarios de ámbito público como privado que cumplen con todos los requisitos técnicos mencionados en el plan MOVES II por lo que os invitamos a consultar nuestra página web para más información.

ESCRITO POR CIRCUTOR

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